169.- JUAN BIALET MASSÉ: EL PRECURSOR. - RJCornaglia

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Publicado en la revista “La causa laboral” de la Asociación de Abogados Labora-listas, agosto de 2006, año VI, n° 23, p. 48.

JUAN BIALET MASSÉ: EL PRECURSOR.
                                           

Por Ricardo J. Cornaglia.

UN CATALAN REPUBLICANO.

La doctrina del derecho del trabajo argentino tiene sus orígenes en la obra de Juan Bialet Massé, un catalán que arribara a nuestras tierras como perseguido político y se demostrara un infatigable militante social, un investigador y un jurista de singular valía. Funda la sociología del trabajo, el derecho del trabajo y el moderno derecho de daños.
Representó en nuestro país, en la segunda mitad del siglo XIX, lo más avanzado del pensamiento social de su época.
Había nacido en Mataró, en la Costa Brava del Levante de Cataluña, el 19 de di-ciembre de 1846. Se formó en la Europa del siglo de la cuestión social, al compás de las revoluciones sociales que sacudieron a las principales naciones, como sucediera en 1848 en la ciudad luz, París, alumbrando la aparición política de la clase trabajadora.   
Alcanzó su título de médico, cursando sus estudios en la Facultad de Medicina de la Universidad de Madrid. También tomó clases de Filosofía de la Historia, siendo discípulo de Emilio Castelar, y participó de los movimientos cívicos y estudiantiles que culminaron con la revolución de 1868. Fue un republicano cabal.
La República fue proclamada el 11 de febrero de 1873, y tuvo una corta experien-cia de once meses. Bialet Massé conocería la persecución política y ella lo haría procurar refugio en la Argentina, que invitaba a todos los “hombres del mundo” a vivir al amparo de las libertades y derechos que la Constitución de 1853 había consagrado. Las mismas libertades y derechos republicanos y democráticos por las que había bregado.
Como muchos otros inmigrantes, llegó con su bagaje de fracasos y esperanzas, formando parte de una generación de exiliados políticos, que introdujo en nuestras tierras las ideologías que conmovían a lo mejor de la intelectualidad no comprometida con un orden conservador e injusto.

EL EXILIO Y EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA Y LA MEDICINA.

Llegó a nuestro país cuando los ecos de la Comuna no se habían acallado y la experiencia republicana española naufragaba en el mar de sus contradicciones.
Se ganó la vida ejerciendo la docencia. Lo hizo primero en la enseñanza secunda-ria, como profesor de anatomía, en los Colegios Nacionales de Mendoza, La Rioja y San Juan. Rápidamente se destaca. Se desempeña como vice rector del primero y rector de los otros dos.
Se casa el 9 de julio de 1874, en San Juan, con Zulema Laprida, nieta de quien fuera el presidente del Congreso de Tucumán, don Francisco Narciso de Laprida.
Repartió la docencia con el ejercicio de la medicina, y en 1875, publica su primer obra: Lecciones de anatomía, también conocida como el Compendio de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana,  que serviría de texto para la enseñanza secundaria. Fue considerado el primer manual completo de la materia que se publicó en nuestro país.
En el año 1877 se radicó en Córdoba, donde el rector de la Universidad, doctor Manuel Lucero (quien fundó la Facultad de Medicina cordobesa), lo propone para el des-empeño, como titular, de la cátedra de Medicina Legal.
Consideró Bialet Massé insuficiente su formación jurídica, por lo que no aceptó la propuesta, pero acicateado por ella, se compromete con el estudio del derecho y cursa la carrera de abogacía en veinte meses, como alumno de la Universidad de Trejo, graduán-dose en 1879.
Sólo entonces, superado el escollo, acepta la proposición que antes se le había formulado y pasa a ser quien funda y orienta la cátedra de Medicina Legal.
Desde el ejercicio de esa cátedra, en 1885, publica un tomo de las lecciones que impartía. Se titula: Lecciones de medicina aplicada a la legislación de la República Argentina. Por esta obra recibe el primer premio de la Academia Nacional de Medicina. Nominado por la Facultad de Medicina, ese año, se le otorga el Grado Máximo Dr. Hono-ris Causa de la Universidad Nacional de Córdoba.  

LA ACTIVIDAD EMPRESARIA Y LA CÁRCEL.

Bialet Massé tuvo una vida plasmada en las más diversas actividades, destacán-dose en cada una de ellas.
Incursionó en la política comunal y fue electo Concejal por la ciudad de Córdoba, en el año 1883, llegando a presidir el Consejo y participando en la compra del sistema de agua corriente y gas para esa capital provincial.
Se enorgullecía de haber sido "industrial y empresario constructor de las obras de riego de Córdoba".
Diego Abad de Santillán, en la "Gran Enciclopedia Argentina", recuerda que Bialet Massé ejerció la profesión de agrimensor. Por su parte, Vicente Osvaldo Cutolo, en el “Nuevo Diccionario Biográfico Argentino”, escribe, que para optar al cargo de profesor en la Escuela Práctica de Agricultura de Córdoba, previamente se inscribió como alumno, y luego de dar los exámenes requeridos de todas las asignaturas, con brillantes notas, se graduó de perito agrónomo.
Despontín le reconoce el título de ingeniero agrónomo, obtenido en la Escuela Nacional de Agronomía y Veterinaria de Córdoba.  
Estos aspectos de su polifacética personalidad, lo fueron llevando a constituirse en industrial. Funda y crea, en 1884, la Fábrica de Cales y Cementos “La Primera Argen-tina”. Sus productos son usados en la construcción de “La Toma”, de Córdoba.
Más tarde, en 1886, asociado a Felix Funes, contrata la construcción del Dique San Roque y el Riego de los Altos de Córdoba, obra que se finaliza en el año 1889. Para comprender la importancia de dichas obras, valoremos que como empresario de las mis-mas, tuvo a su cargo a siete mil trabajadores.
El dique San Roque había sido proyectado por el ingeniero Esteban Dumesnil, condiscípulo de Eifel en la Escuela Politécnica de París. Como director de obra, el inge-niero Carlos Casaffousth concretó el proyecto. Bialet se transformó en su principal cola-borador y el empresario a cargo de la construcción.
En el contexto y con el antecedente del enfrentamiento que tuvieran Roca y Juá-rez Celman, especialmente duro en Córdoba, e incentivado por los efectos de la revolu-ción de 1890, se llevó a cabo en la provincia una feroz campaña de denuncias por su-puestos negociados y críticas al proyecto y la ejecución de dicho dique.
Nada se probó en la investigación que ordenara el Gobernador Manuel D. Pizarro, arrastrado por la contienda. De esas investigaciones, dice Héctor José Iñigo Carrera: “Muestrarios completos de mentiras y estupideces –que aún dichas en estilo leguleyo siguen siendo tales- integran el volumen de términos acusatorios con que se los abruma. ¡Es un escándalo tan grande como el de Dreyfus, pero sin un defensor como Zola! Per-seguido, humillado y encarcelado, Bialet no pierde su fibra catalana. Se defiende como un león y se da el lujo de poner a sus calumniadores en ridículo, dándoles lección tras lección y aceptando la experiencia como oportunidad para aprender derecho penal práctico. Escrito por escrito y alegato por alegato, Bialet acumula alrededor de ochocien-tas páginas llenas de superior ironía y lástima por los acusadores”.  En el año 1892, la investigación penal culmina sin que se pudiera demostrar peculado alguno o incompeten-cia de los constructores.
A consecuencia de todo ello, durante ese asonado proceso, conocen la cárcel  Bialet Massé y el Ingeniero Cassaffousth.
Diría, a raíz de esta desgraciada experiencia: “Luego la prisión y el proceso inicuo. Cuánta enseñanza en aquella cárcel; el contacto de la brutalidad y el crimen, del abuso y la inocencia perseguida, el aprendizaje práctico, clínico del delito y del derecho penal”.
Tras trece meses de prisión, el Juez Antenor de la Vega declara la inocencia de Bialet y Cassaffousth y decreta sus libertades. Ello determina la renuncia del Gobernador Manuel Demetrio Pizarro, comprometido políticamente en los hechos.

EL JURISTA.

En lo que atañe al saber jurídico, la tarea creadora de Bialet Massé comienza a  poco de recibido de abogado, en el año 1880, cuando aparece, fruto de sus esfuerzos, una recopilación de fallos del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, que es conside-rada una obra precursora en el ordenamiento de nuestra jurisprudencia.  
Como abogado, asesora distintas organizaciones obreras. Dedica una de sus obras, quizás la de mayor significación jurídica, a los "Miembros de la Comisión Directiva de la Sociedad Obreros Estibadores y de Ribera del Puerto de Rosario".
Su relación con ese sindicato lo lleva a representarlo como delegado en el Con-greso Constituyente de la Unión General de Trabajadores, que se celebra en la primera quincena de marzo de 1903, en el Salón Vorwarts. Asisten al mismo 75 representantes de organizaciones obreras de todo el país.
Con el tiempo, ya en 1906, fue designado profesor de la cátedra de Legislación Industrial y Agrícola, en la Facultad de Derecho de la Provincia de Córdoba. Esa materia se denominó, posteriormente, Legislación Industrial y Obrera, y luego, Derecho del Tra-bajo y de la Seguridad Social. Por tal motivo, se lo reconoce como el primer profesor de esta materia en América Latina.  
Su obra como publicista en el derecho es fructífera. Mencionaremos tres de los li-bros de su pluma, que sientan las bases de distintas disciplinas, el derecho del trabajo, la sociología del trabajo y el moderno derecho de daños.

“PROYECTO DE UNA ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL SERVICIO OBRERO Y DOMÉSTICO DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN Y TRADICIONES DE LA REPÚ-BLICA ARGENTINA”.

Con esta obra doctrinaria nace el derecho del trabajo argentino. En ella el autor formula el primer intento de sistematizar al contrato de trabajo, en el derecho positivo americano.  
Cuando aún la doctrina mundial no osaba perfilar la tipicidad imperativa del con-trato de trabajo, el instituto jurídico más importante de la era moderna, Bialet Massé es-cribió un libro para defender una idea y un anteproyecto de ley, reglamentándolo.
Va de suyo que cuando sostenemos que se trató ésta de la obra que merece el título de fundadora del derecho del trabajo nacional, estamos tratando de recatar del olvi-do y la incomprensión un esfuerzo intelectual de singular valía.

“TRATADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN DERECHO ARGENTINO BAJO EL PUNTO DE VISTA DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO”.  

Con esta obra dio nacimiento al moderno derecho de daños argentino. Sentó las bases de fundamentación de la responsabilidad contractual a partir del derecho de segu-ridad en los contratos. Desde la problemática laboral logró introducir los conceptos de los que derivaría la responsabilidad por riesgo profesional, que con el tiempo, se proyectaría fura de los límites del contrato de trabajo, recorriendo la escalada del riesgo de empresa, autoridad, creado y social.
Este Tratado libra batalla contra el falso principio de que no existe responsabilidad sin culpa, y lo hace, colocando en el centro de la teoría general a la víctima. Y entre las víctimas, a una de las más débiles: el  trabajador. Sujeto de una relación de dominación, en la supuesta enajenación libre de su trabajo.
Actualizado y sensible a las nuevas corrientes jurídicas, Bialet Massé introduce en el país al contractualismo europeo.  Expone con claridad inigualable, el deber de seguri-dad en el contrato de trabajo. Y todo ello lo hace reivindicando al Código de Vélez Sars-field, como instrumento operativo del art. 19 de la Constitución Nacional.
Conceptualiza, antes que nadie, al principio de indemnidad del trabajador, e invo-ca el “nemine oficium suum debet esse damnosum” (a nadie debe perjudicar su oficio o su trabajo), que reconocía el Digesto.                
A este principio fundante del derecho del trabajo, inspirador de la doctrina del riesgo, lo encuentra operativizado por los artículos del Código Civil, que declaran respon-sable al mandante por los daños que padece el mandatario, en ocasión o con motivo de su quehacer y aquellos otros que determinan que la locación de servicios se vea regulada por esas disposiciones (arts. 1953  y 1954).
Fueron sus posiciones las que influyeron para que en 1916 la C.S.J.N., reconocie-ra la responsabilidad contractual del empleador en la reparación de los infortunios del trabajo, con independencia de una conducta ilícita (delictual o cuasi delictual) del respon-sable, como lo hiciera en el caso “Monreal de Lara de Hurtado c/ Estado Nacional”.  
Tardó casi un siglo nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación, en reconocer en forma plena, que el principio “alterum non laedere” es de raigambre constitucional a mérito del art. 19, como enseñaba Bialet, y que tiene plena vigencia en cualquier rama del derecho.  
Por contrapartida, el legislador de 1995, con la sanción de la Ley Sobre Riesgos del Trabajo 24.557, construyó un artificioso mecanismo inconstitucional, que declara al empleador dañante, libre de toda responsabilidad, incluso la que proviene por culpa, a mérito de un seguro de reparación mezquina. Demostró ese legislador, no estar todavía en condiciones de comprender a ese precursor que fue Bialet Massé, y con ello, incurrió también en flagrante inconstitucionalidad.

“INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS CLASES OBRERAS ARGENTINAS A CO-MIENZOS DE SIGLO”.

El 21 de enero de 1904, Joaquín V. González, como Ministro del Interior de Julio Argentino Roca, en su segunda presidencia, promueve la designación oficial y por decre-to, de Bialet Massé, para que confeccione un informe “sobre las condiciones de trabajo y de la población obrera en general, y en particular de la Argentina”.
Su propuesta era fundamental para el proyecto de este conservador lúcido y pro-gresista (los puede haber), que culminó con la iniciativa de sancionar la Ley Nacional del Trabajo, un cuerpo normativo, con estructura de Código, que intentó regular la relación de trabajo, cuando todavía en el mundo la legislación social estaba en pañales.
González tomó como base el informe que le encomendara a Bialet Massé, y éste lo redactó, acompañando proyectos de los artículos en muchas de las instituciones abor-dadas.
Integraron la Comisión que redactó el proyecto de Ley Nacional del Trabajo: Juan Bialet Massé, Manuel Ugarte, Enrique del Valle Iberlucea, Augusto Bunge, José Ingenie-ros, Leopoldo Lugones, Armando Claros y Pablo Storni.  También se recuerda la colabo-ración especial del doctor Carlos Malbrán. Y es indudable que Joaquín V. González, gran constitucionalista, revisó y contribuyó personalmente en la redacción.
El Informe de Bialet Massé fue presentado en tres tomos de cuatrocientas páginas cada uno, con estudios de clima, suelo, poblaciones, organización del trabajo y de la em-presa, estadísticas y exámenes médicos. Es una obra clave de la sociología del trabajo, agotada en las ediciones de nuestro país, a la que en la actualidad se accede por vía de una edición española.
Luis A. Despontín recordaría, que para confeccionar su informe, “Bialet recorre la campaña argentina, entra en todas sus direcciones, en trenes de carga, en sulky, a pie, a caballo, en barco; visita talleres, recorre estancias y establecimientos agrícolas ganade-ros, penetra en tolderías indias, inspecciona obrajes, baja a galerías y socavones mine-ros, tala bosques, entra en sus picadas, conoce yerbatales, maneja la pala, se desempe-ña en las estibas, trabaja en trilladoras, corta alfalfa, es peón albañil, ayuda a picapedre-ros, es testigo de abusos en proveedurías. En largo y penoso peregrinar por mundos apartados, Bialet completa su recorrido sin tregua, con observaciones acumuladas en más de veinte años de su vida y, como cirujano en la búsqueda de una solución, presenta las llagas del problema en toda su desnudez”.
El informe es elaborado en menos de tres meses, habiendo recorrido el autor, en ese ínterin, las provincias de Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Tu-cumán, La Rioja, Salta y Jujuy. Finalmente es elevado al Ministro del Interior, el 30 de abril de 1904.
El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo se adelantó a su tiempo, aunque un Congreso signado por la ideología conservadora, nunca llegó a sancionarlo. Sin embargo fue un paso importante en la formulación y sistematización de la posterior legislación so-cial. Es considerado antecedente de singular influencia posterior. Con 14 Títulos y 446 artículos, fue presentado al Congreso de la  Nación, el 6 de mayo de 1904. Se lo ha invo-cado permanentemente en el derecho comparado latino.
Pese a que en su redacción contribuyeron importantes figuras de la izquierda de la época, la iniciativa tampoco logró el apoyo decidido del movimiento obrero. Los sindi-catos resistieron el proyecto de ley, en especial, el Título XII (arts. 383 a 414), que regu-laba los contractos colectivos de trabajo y el orden público laboral y la penalidad. Esa normativa guardaba relación con la Ley 4144 (vigente desde 1902), un instrumento de represión contra los sindicatos, que en manos del poder político de la época, habría facili-tado el resquebrajamiento y la persecución de esas organizaciones. El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo fue reiterado en 1906 por la Unión Industrial Argentina y en 1907 por Alfredo L. Palacios.  

VIGENCIA ACTUAL DE SU PENSAMIENTO.

Fue Bialet Massé un intelectual enamorado de la cultura, que demostró al mismo tiempo ser un hombre de acción.
Desde su republicanismo catalán y sus profundas convicciones democráticas, co-noció, estudió, respetó y criticó las ideologías socialista, anarquista y extrajo de ellas aportes importantes para la legislación social argentina.
Se le critica su colaboración con el régimen conservador, y al mismo tiempo, su falta de compromiso con la política de partidos.
Sus aportes hechos a los gobiernos de la Argentina conservadora y el privilegio, son de por sí denunciantes y críticos de ese régimen.
No era un revolucionario. Era un republicano reformista comprometido con los in-tereses más postergados del país, que no renegaba de la democracia, y llenaba los con-tenidos de ella con los valores que el constitucionalismo social, décadas más tarde, haría suyos.
Bialet Massé falleció el 22 de abril de 1907. Se adelantó en mucho a su época y sentó las bases de una disciplina jurídica que todavía se encuentra en gestación. Carga-da de contradicciones, comprometida por su ambigüedad, y sin embargo, el único instru-mento hábil para arribar a una justicia social que nos resulta todavía lejana.

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